A- de 2023
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Centroaguas Sa Esp·Demandado Uniaguas Sa Esp
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Demandas ejecutivas contra entidades sometidas a régimen de derecho privado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Civil del Circuito de Cereté (Córdoba) y la Sala Tercera de Decisión del Tribunal Administrativo de Córdoba.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ejecutiva singular de mayor cuantía que interpuso la empresa Centro Aguas S.A.
ESP en contra de la sociedad Uniaguas S.A ESP, para que se librara mandamiento ejecutivo por la suma de dinero dispuesta en varios pagarés, más los intereses moratorios de los mismos.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, recordó la Corte que corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, el conocimiento de los procesos ejecutivos que tengan como título ejecutivo un pagaré proveniente de una empresa de servicios públicos domiciliarios, cuando este haya sido suscrito en un acto propio del desarrollo ordinario del objeto de estas y no en el ejercicio de una función administrativa.
Esto, en virtud de la cláusula residual de competencia fijada en el artículo 15 del CGP.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Primero Civil del Circuito de Cereté (Córdoba) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre los juzgados
- Primero. Civil del Circuito de Cereté (Córdoba) y la Sala Tercera de Decisión del Tribunal Administrativo de Córdoba, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Cereté (Córdoba), es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por CENTRO AGUAS S.A E.S.P. en contra de UNIAGUAS S.A E.S.P.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2504 al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Cereté (Córdoba) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y a la Sala Tercera de Decisión del Tribunal Administrativo de Córdoba.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.